TEPJF desecha demandas de elecciones extraordinarias en municipios de Oaxaca
https://www.nacionesmx.com/2014/11/tepjf-desecha-demandas-de-elecciones.html
Oaxaca, México.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó las demandas de tres juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral, relacionados con las elecciones extraordinarias de concejales en San Dionisio del Mar y San Martín Toxpalan de Flores Magón, en las regiones de la Cañada y el Istmo de Tehuantepec, respectivamente.
En la sesión pública celebrada este viernes, el órgano colegiado determinó para el caso de los juicios ciudadanos, romovidos por los ex precandidatos del Partido Nueva Alianza (PANAL) y del Partido Unidad Popular (PUP), a fin de impugnar la omisión del Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Oaxaca(OPLE), de dictar las medidas suficientes, razonables y eficaces para garantizarles la realización de pre-campañas en la elección extraordinaria de San Dionisio del Mar.
En ambos juicios, los magistrados de la Sala Regional determinaron desechar de plano las demandas debido a la falta de interés jurídico de los actores en las impugnaciones presentadas, ya que la vigilancia de la ejecución de los actos preparatorios de la elección, les corresponde únicamente a los partidos políticos.
En relación al tercer juicio ciudadano -291- promovido por Serapio Castillo Marín, en contra de la omisión del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, de resolver el juicio ciudadano local, mediante el cual impugnó la omisión del de la OPLE de calificar la elección extraordinaria de concejales del Ayuntamiento de San Martín Toxpalan; fue desechada la demanda en razón de que las controversias del asunto se quedaron sin materia, al estar satisfechas las pretensiones del promovente.
Por otra parte, en lo concerniente al juicio de revisión constitucional, instaurado per saltum por el PRD, en contra de la presunta omisión en que incurrió el OPLE a fin de dar respuesta a la solicitud de modificación del acuerdo del calendario para la elección extraordinaria de San Dionisio del Mar; también fue desechada, pues consta en autos la copia certificada del acuerdo, que dio respuesta a la petición formulada por la parte actora.
Patricia BRISEÑO/Excelsior
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